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Legislación › Orden DEF/464/2017, de 19 de mayo, por la que se aprueban las normas que regulan la enseñanza de perfeccionamiento y de Altos Estudios de la Defensa Nacional.

Cuarta. Diseño y contenido de los currículos.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 13 de junio de 2017 y la del 20 de marzo de 2023. Tachado: lo que se quitó (37 palabras). Subrayado: lo que se añadió (121 palabras). Volver al texto en vigor

Cuarta. Diseño y contenido de los currículos.
1. Los currículos deberán contener, al menos, lo siguiente:
a) Descripción general del curso, estableciendo su denominación, clasificación objetivo u objetivos del curso, tipo de curso atendiendo a su finalidad, categoría a la que pertenece, duración, idioma en el que se desarrolla, centro docente militar responsable del desarrollo del curso, centro docente militar o unidad, centro u organismo en el que se desarrolla, modalidad de enseñanza y número de alumnos.
b) Justificación del curso basada en la necesidad organizativa u operativa o en los intereses de la defensa nacional.
c) El perfil de egreso, con los objetivos del curso y relacionando las expresado en competencias a adquirir con los y/o resultados de aprendizaje. aprendizaje que el alumno debe adquirir al finalizar el proceso formativo.
d) Sistema de admisión de alumnos, el perfil de ingreso y los sistemas de selección de alumnos, incluyendo los requisitos del personal militar o civil al que va dirigido, empleo o categoría en el caso de empleo, personal civil, formación, experiencia, condiciones físicas necesarias, así como la posibilidad y condiciones de asistencia del personal «Apto “Apto con limitaciones». limitaciones”.
e) El plan de estudios, estructurado en módulos, deberá contener los indicadores de desempeño y metas y/o materias y/o asignaturas (según el caso). La descripción de calidad, y los módulos contendrá, al menos menos, la denominación, el número de créditos ECTS u horas con su equivalencia en ECTS para cada módulo, aquellos casos en los que esta conversión sea factible, las competencias y/o resultados de aprendizaje, los contenidos, la metodología de aprendizaje y los criterios metodología, el sistema de evaluación, así como la planificación temporal de los módulos y materias.
f) Requisitos del profesorado y personal de apoyo.
g) Recursos materiales y servicios necesarios para impartir el curso. curso, identificando los medios materiales y servicios que permitan garantizar el desarrollo del curso en el centro docente militar o en unidades, centros u organismos colaboradores.
h) Efectos de la actividad formativa y resultados previstos.
i) Sistema de garantía interna de la calidad.
j) Calendario de implantación.
k) Modelo de documento acreditativo de superación del curso, que será en su caso:
1.º Certificado para los cursos de actualización para el ascenso y cursos informativos
2.º Titulo o Diploma para los cursos de Altos estudios de la Defensa nacional y para los cursos de especialización.
2. Al objeto de normalizar los currículos se ajustarán a la estructura que figura en el anexo.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
6 de junio de 2025 En vigor BOE-A-2025-9740 Leer Qué cambió
20 de marzo de 2023 BOE-A-2023-5259 Leer Qué cambió
13 de junio de 2017 Texto original Leer

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