Legislación › Real Decreto 512/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de evaluaciones y ascensos del personal de la Guardia Civil.
Artículo 6. Evaluaciones para el ascenso.
Artículo 6. Evaluaciones para el ascenso.
Las evaluaciones para el ascenso tienen por objeto determinar la aptitud o la no aptitud para el mismo y, en su caso, las condiciones de idoneidad y prelación, basadas en el mérito y la capacidad, que darán lugar a las correspondientes clasificaciones de los evaluados. Estas evaluaciones se realizarán con arreglo a lo dispuesto en el capítulo III, sección 2.ª.


