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Legislación › Ley 3/2017, de 2 de mayo, de regulación de los senderos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Disposición final primera. Habilitación.

Disposición final primera. Habilitación.

Se faculta a la persona titular de la Consejería competente en materia de medio ambiente y ordenación del territorio para regular, de forma conjunta con la persona titular de la Consejería competente en materia de turismo y deporte, los senderos de Andalucía, de conformidad con lo establecido en la presente ley.

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