Legislación › Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía.
Artículo 23. Voluntariado social.
Artículo 23. Voluntariado social.
1. El régimen jurídico y las actividades de fomento y participación a través de la acción voluntaria organizada en materia de servicios sociales se atendrán a lo dispuesto en la normativa vigente.
2. Las Administraciones Públicas competentes fomentarán y apoyarán la colaboración del voluntariado en las actividades reguladas en la presente ley.


