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Legislación › Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía.

Disposición adicional sexta. Aprobación de la Carta de los Derechos y Deberes de las personas usuarias de los servicios sociales.

Disposición adicional sexta. Aprobación de la Carta de los Derechos y Deberes de las personas usuarias de los servicios sociales.

La Consejería competente en materia de servicios sociales aprobará la Carta de Derechos y Deberes de las personas usuarias de los servicios sociales en el plazo máximo de doce meses desde la entrada en vigor de la presente ley.

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