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Legislación › Real Decreto 617/2017, de 16 de junio, por el que se regula la concesión directa de ayudas para la adquisición de vehículos de energías alternativas, y para la implantación de puntos de recarga de vehículos eléctricos en 2017 (Plan MOVEA 2017).

Artículo 16. Seguimiento y control de las ayudas.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de junio de 2017 y la del 10 de julio de 2020. Tachado: lo que se quitó (45 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 16. Seguimiento y control de las ayudas.
El Ministerio de Economía, Industria y Competitividad realizará las pertinentes actuaciones de seguimiento y control de las ayudas concedidas al amparo de este real decreto, sin perjuicio de las que correspondan realizar en virtud de lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. (Anulado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
10 de julio de 2020 En vigor BOE-A-2020-7598 Leer Qué cambió
24 de junio de 2017 Texto original Leer

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