Legislación › Real Decreto 617/2017, de 16 de junio, por el que se regula la concesión directa de ayudas para la adquisición de vehículos de energías alternativas, y para la implantación de puntos de recarga de vehículos eléctricos en 2017 (Plan MOVEA 2017).
Artículo 16. Seguimiento y control de las ayudas.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de junio de 2017 y la del 10 de julio de 2020.
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Artículo 16. Seguimiento y control de las ayudas.
El Ministerio de Economía, Industria y Competitividad realizará las pertinentes actuaciones de seguimiento y control de las ayudas concedidas al amparo de este real decreto, sin perjuicio de las que correspondan realizar en virtud de lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. (Anulado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 10 de julio de 2020 En vigor | BOE-A-2020-7598 | Leer | Qué cambió |
| 24 de junio de 2017 | Texto original | Leer |


