LexTotal

Legislación › Ley 10/2017, de 11 de mayo, por la que se regula la Iniciativa Legislativa Popular ante Les Corts.

Artículo 16. Tramitación.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de mayo de 2017 y la del 1 de junio de 2025. Tachado: lo que se quitó (260 palabras). Subrayado: lo que se añadió (87 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 16. Audiencia de la comisión promotora y tramitación. Tramitación.
1. La comisión promotora nombrará a una persona para que defienda en el plenario la iniciativa presentada, con el mismo tiempo que el resto de portavoces de los grupos parlamentarios y con turno de réplica.
2. Una vez celebrada la exposición del contenido de
Publicada la iniciativa, la comisión promotora nombrará a una persona, y a un suplente, para que forme parte proposición de la tramitación y debate ley quedará en el seno de la comisión parlamentaria con voz y sin voto.
La persona nombrada por la comisión promotora tiene derecho a:
a) Intervenir con las mismas
condiciones que las personas portavoces de los grupos parlamentarios.
b) Proponer comparecencias de personas y entidades.
c) Participar
ser incluida en todas las reuniones de la ponencia.
d) Recibir de los servicios jurídicos de Les Corts toda la información y la documentación que tenga relación directa con la iniciativa legislativa o
el orden del día del Pleno para su tramitación.
e) Remitir quejas u otras manifestaciones a la Mesa de Les Corts, que deberá responder
toma en el plazo máximo de una semana. consideración.
f) Participar 2. Su toma en consideración por el debate final en pleno. Pleno tendrá lugar, como máximo, dentro de los 4 siguientes periodos de sesiones.
3. El presidente de Les Corts tienen la obligación de considerar seriamente la iniciativa y respetar su espíritu en la tramitación.
4. Para el caso de que la comisión promotora considerara que durante la tramitación parlamentaria se ha vulnerado
preguntará si el espíritu Pleno toma o el objetivo de la propuesta, no en consideración la totalidad proposición de miembros ley de la comisión, si así lo consideran, presentarán un escrito ante que se trate. En caso afirmativo, la Mesa de Les Corts donde informarán de la retirada de Valencianes acordará su propuesta remisión a la comisión competente y la apertura del correspondiente plazo de los motivos presentación de esta retirada, lo enmiendas, sin que supondrá la paralización inmediata sean admisibles enmiendas de la tramitación. totalidad.
5. En caso 4. La proposición de que la comisión promotora acuerde solicitar la retirada ley, a partir de su propuesta, Les Corts no podrán utilizar remisión a comisión, seguirá el mismo texto trámite previsto para una iniciativa propia diferente. los proyectos de ley.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de junio de 2025 En vigor BOE-A-2025-11959 Leer Qué cambió
24 de mayo de 2017 Texto original Leer

← Artículo 15 Índice Artículo 17 →