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Legislación › Ley 1/2017, de 9 de marzo, de Creación del Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de la Comunidad de Madrid.

Artículo 2. Ámbito territorial.

Artículo 2. Ámbito territorial.

El ámbito territorial de actuación del Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales que se crea mediante la presente Ley es el de la Comunidad de Madrid.

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