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Legislación › Real Decreto 656/2017, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias MIE APQ 0 a 10.

Artículo 22. Lodos y residuos sólidos.

Artículo 22. Lodos y residuos sólidos.

Los lodos y residuos sólidos de carácter contaminante deberán ser eliminados por un procedimiento adecuado que no dé lugar a la contaminación de aguas superficiales o subterráneas por infiltración o escorrentías, ni produzca contaminación atmosférica, o del suelo, por encima de los niveles permitidos en la legislación vigente.

Todos los residuos generados en la instalación de almacenamiento, incluido los residuos de envases, deberán ser gestionados según la legislación ambiental vigente.

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