Legislación › Real Decreto 771/2017, de 28 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales y se modifica el Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Disposición adicional sexta. Consolidación de las unidades TIC.
Disposición adicional sexta. Consolidación de las unidades TIC.
En el ejercicio de las funciones de implementación y desarrollo de la política en materia de tecnologías de la información y comunicaciones en el ámbito del Ministerio, la Subdirección General de Tecnologías y Servicios de Información promoverá, en colaboración con las unidades competentes del Ministerio y de sus organismos adscritos, la consolidación de los recursos humanos, económico-presupuestarios, técnicos y materiales vinculados.
Atendiendo a su régimen competencial singular, mantendrán su dependencia orgánica actual las unidades TIC del Boletín Oficial del Estado, del Centro de Investigaciones Sociológicas y del Centro Nacional de Inteligencia.
← Disposición adicional quinta Índice Disposición transitoria primera →


