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Legislación › Real Decreto 38/2017, de 27 de enero, sobre disposiciones de aplicación de la normativa de la Unión Europea en materia de acciones de información y promoción relativas a productos agrícolas en el mercado interior y en terceros países.

Artículo 4. Información a las entidades proponentes.

Artículo 4. Información a las entidades proponentes.

El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, a través de la Dirección General de la Industria Alimentaria informará a las entidades proponentes sobre la aceptación o no de sus solicitudes en el plazo de los tres días siguientes a la fecha de recepción de la notificación del acto de decisión de concesión de la Comisión Europea mencionado en el artículo 11.2 del Reglamento (UE) n.º 1144/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2014.

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