Legislación › Real Decreto 40/2017, de 27 de enero, por el que se crea el Comisionado del Gobierno frente al Reto Demográfico y se regula su régimen de funcionamiento.
Artículo 2. Nombramiento.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de enero de 2017 y la del 15 de julio de 2018.
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Artículo 2. Nombramiento.
El Comisionado del Gobierno será nombrado por el Consejo de Ministros, mediante real decreto, a propuesta de la Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia Política Territorial y para las Administraciones Territoriales. Función Pública.
El Comisionado tendrá rango de Subsecretario. Su nombramiento se efectuará entre personas con cualificación y experiencia en el desempeño de puestos de responsabilidad en la gestión pública o privada, y que reúnan los requisitos de idoneidad previstos en la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 15 de julio de 2018 En vigor | BOE-A-2018-9858 | Leer | Qué cambió |
| 28 de enero de 2017 | Texto original | Leer |


