Legislación › Ley 12/2017, de 6 de julio, de la arquitectura.
Disposición final primera. Efectos de la Ley sobre los colectivos profesionales.
Disposición final primera. Efectos de la Ley sobre los colectivos profesionales.
La presente ley no implica en ningún caso ni reserva de actividad, ni ampliación o restricción de competencias a ningún colectivo profesional, ni altera las atribuciones que les confieren las leyes vigentes.
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