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Legislación › Ley 6/2017, de 5 de julio, de acceso al entorno de personas con discapacidad que precisan el acompañamiento de perros de asistencia.

Disposición transitoria primera. Reconocimiento del derecho de acceso a los perros guía.

Disposición transitoria primera. Reconocimiento del derecho de acceso a los perros guía.

Hasta que se apruebe la normativa de desarrollo y se establezca en ella el procedimiento simplificado de adecuación de la acreditación de los perros y de las unidades de vinculación a los requisitos establecidos en esta norma, los educadores, adiestradores y usuarios de perros guía tendrán reconocido el derecho de acceso en los mismos términos que los previstos en la normativa anterior.

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