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Legislación › Real Decreto 774/2017, de 28 de julio, por el que se regula la Comisión para el Diálogo Civil con la Plataforma del Tercer Sector.

Artículo 5. Mandato.

Artículo 5. Mandato.

1. Los vocales previstos en el artículo 4.4.a), conservarán tal condición mientras ostenten el cargo por el que fueron nombrados.

2. Los vocales previstos en el artículo 4.4.b) y c), conservarán tal condición mientras su nombramiento no sea revocado.

3. Los vocales previstos en el artículo 4.4.d), serán removidos y sustituidos por la persona titular de la presidencia a propuesta de la Plataforma del Tercer Sector.

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