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Legislación › Orden CUD/769/2018, de 17 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas previstas en el Capítulo III de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, y se determina la estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.

ANEXO II

Comparación entre la redacción en vigor desde el 13 de abril de 2019 y la del 1 de julio de 2020. Tachado: lo que se quitó (848 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO II
Baremo para la evaluación de la primera fase de las ayudas selectivas a la producción de largometrajes sobre proyecto
Criterios
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Puntuación máxima
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1. Carácter cultural
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3
·
Lengua de la versión original.
·
3
·
·
Castellano o lengua cooficial en España.
·
3
·
·
·
Versión original otras lenguas de la Unión Europea (Si el proyecto tiene varias versiones, se puntuará la mayoritaria).
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1
·
·
·
2. Trayectoria del director o directora del proyecto presentado a la convocatoria
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5
·
2.1 Participación (o, en su caso, nominación) en las categorías de mejor película/mejor película de habla no inglesa/mejor película de animación/mejor película documental/mejor cortometraje, dirigida por el director; categoría de mejor director y categoría de mejor director novel en algún festival o premio de los relacionados en el anexo III.B.
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1 por festival o premio
·
·
2.2 Obtención de premio en las categorías de mejor película/mejor película de habla no inglesa/mejor película de animación/mejor película documental/mejor cortometraje, dirigida por el director; categoría de mejor director y categoría de mejor director novel en algún festival o premio de los relacionados en el anexo III.B.
·
3 por festival o premio
·
·
3. Solvencia de la empresa solicitante
·
8
·
3.1 Experiencia de la empresa solicitante de la ayuda en los últimos 6 años, 8 años en el caso de proyectos de animación (puntuaciones no acumulables).
·
3
·
·
Tres o más cortometrajes de nacionalidad española.
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2
·
·
·
Dos o más largometrajes de nacionalidad española.
·
3
·
·
·
3.2 Premios obtenidos y participación en festivales en las categorías de mejor película/ mejor película de habla no inglesa/mejor película de animación/mejor película documental/mejor cortometraje, producida por la empresa solicitante de la ayuda (conforme a las puntuaciones establecidas en el anexo III.B).
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5
·
·
4. Viabilidad económica y financiera del proyecto
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10
·
4.1 Suma total de contratos o compromisos en firme con prestadores servicio comunicación audiovisual que operen en España, para la exhibición en España (puntuaciones no acumulables).
·
3
·
·
Suma de contratos por importe igual o superior a 125.000 euros.
·
3
·
·
·
Suma de contratos por importe igual o superior a 80.000 euros.
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2
·
·
·
Suma de contratos por importe inferior a 80.000 euros.
·
1
·
·
·
4.2 Contrato con una empresa distribuidora que tenga una recaudación mínima anual de 100.000 € en su distribución en salas de exhibición en España.
·
4
·
·
4.3 Contrato de ventas internacionales o contratos de cesión o licencia de derechos de explotación para el ámbito internacional, excluido el territorio español, con empresas de distribución, plataformas on line y canales televisivos internacionales.
·
1
·
·
4.4 Ayudas públicas nacionales e internacionales.
·
2
·
·
Procedentes de cualquier administración autonómica o local.
·
1
·
·
·
Procedentes de Programas Internacionales Eurimages, Media, Ibermedia.
·
1
·
·
·
5. Impacto socioeconómico y de la inversión e innovación
·
24
·
5.1 Gasto realizado o repercutido en España.
·
8
·
·
90 % del presupuesto gasto repercutido en España.
·
8
·
·
·
70 % del presupuesto gasto repercutido en España.
·
6
·
·
·
60 % del presupuesto gasto repercutido en España.
·
4
·
·
·
5.2 Largometrajes dirigido por un nuevo realizador.
·
3
·
·
5.3 Fomento de la igualdad de género.
·
6
·
·
5.3.1 Dirección.
·
3
·
·
·
5.3.2 Guion.
·
2
·
·
·
5.3.3 Producción ejecutiva.
·
2
·
·
·
5.3.4 Al menos, el 40% de mujeres del total de profesionales que ocupen los siguientes puestos:
Composición de música (BSO).
Dirección de fotografía.
Dirección de arte.
Jefatura de montaje.
Jefatura de sonido directo.
Dirección de montaje de sonido.
Responsable de mezclas.
Dirección de producción.
Dirección de efectos especiales físicos.
Dirección de efectos especiales visuales.
·
3
·
·
·
(Para los apartados 5.3.1, 5.3.2; 5.3.3 y 5.3.4, en caso de coparticipación masculina la puntuación será proporcional a la cantidad de mujeres, siempre que todos los copartícipes tengan el mismo nivel de responsabilidad, lo que deberá reflejarse en los títulos de crédito).
·
·
·
5.3.5 Proyectos desarrollados por mujeres. Dirección y, además, guion; en ambos casos desempeñado exclusivamente por mujeres (puntuación acumulable a los 5 puntos ya obtenidos por Dirección y por Guion).
·
1
·
·
·
5.4 Coproducción internacional con participación técnico-artística española.
·
2
·
·
5.5 Por incorporar al proyecto, al menos, a una persona con contrato en prácticas o en formación, de acuerdo con la normativa laboral y de seguridad social correspondiente, de acuerdo con los requisitos establecidos en la convocatoria.
·
1
·
·
5.6 Por incorporar al proyecto, al menos a una persona becaria o estudiante en prácticas, según la normativa convencional y de seguridad social aplicable, de acuerdo con los requisitos establecidos en la convocatoria.
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1
·
·
5.7 Película de animación.
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3
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Las empresas con domicilio social en las Islas Canarias obtendrán una puntuación extra de 2 puntos sin que, en ningún caso, pueda superarse la puntuación máxima de 50.
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·
(Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de julio de 2020 En vigor BOE-A-2020-6921 Leer Qué cambió
13 de abril de 2019 BOE-A-2019-5551 Leer Qué cambió
20 de julio de 2018 Texto original Leer

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