Legislación › Orden CUD/769/2018, de 17 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas previstas en el Capítulo III de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, y se determina la estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.
Artículo 32. Cuantía, solicitudes y documentación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de julio de 2018 y la del 13 de abril de 2019.
Tachado: lo que se quitó (10 palabras). Subrayado: lo que se añadió (17 palabras).
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Artículo 32. Cuantía, solicitudes y documentación.
1. Dentro del crédito anual destinado a las mismas, la cuantía de estas ayudas no ayudas, su cuantía podrá superar alcanzar el 75% porcentaje del coste reconocido por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales. Audiovisuales correspondiente a la intensidad máxima de ayuda que resulte de aplicación.
2. El plazo de presentación de solicitud de las ayudas, que será como máximo de 30 días, y la documentación que deba acompañarse a la misma, se establecerán en la respectiva convocatoria.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 13 de abril de 2019 En vigor | BOE-A-2019-5551 | Leer | Qué cambió |
| 20 de julio de 2018 | Texto original | Leer |


