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Legislación › Orden CUD/769/2018, de 17 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas previstas en el Capítulo III de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, y se determina la estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.

Artículo 36. Cuantía, solicitudes y documentación

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Artículo 36. Cuantía, solicitudes y documentación
1. Dentro del crédito anual destinado a las mismas, la cuantía de estas ayudas no ayudas, su cuantía podrá superar alcanzar el 75% porcentaje del coste reconocido por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales. Audiovisuales correspondiente a la intensidad máxima de ayuda que resulte de aplicación.
2. El plazo de presentación de solicitud de las ayudas, que será como máximo de 30 días, y la documentación que deba acompañarse a la misma, se establecerán en la respectiva convocatoria.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
13 de abril de 2019 En vigor BOE-A-2019-5551 Leer Qué cambió
20 de julio de 2018 Texto original Leer

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