Legislación › Ley Foral 15/2018, de 27 de junio, de Ciencia y Tecnología.
Artículo 35. Aprobación del Plan de ciencia, tecnología e innovación.
Artículo 35. Aprobación del Plan de ciencia, tecnología e innovación.
1. Corresponde al Gobierno de Navarra la elaboración del Plan de ciencia, tecnología e innovación, tras un proceso de participación pública, que remitirá al Parlamento de Navarra para su debate y aprobación.
2. Una vez aprobado, el plan se publicará electrónicamente en el portal del Gobierno de Navarra en internet, www.navarra.es, y estará a disposición de la ciudadanía para su consulta.
3. El Plan de ciencia, tecnología e innovación tendrá la consideración de plan estratégico, cuyo presupuesto se integrará en el plan estratégico de subvenciones de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.


