Legislación › Resolución de 20 de julio de 2018, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se publica el Acuerdo del Pleno de 28 de junio de 2018, por el que se aprueba la sustitución de la Instrucción general relativa a la remisión telemática al Tribunal de Cuentas de los extractos de los expedientes de contratación y de las relaciones de contratos, convenios y encomiendas de gestión celebrados por las entidades del Sector Público Estatal y Autonómico, aprobada por Acuerdo del Pleno de 28 de noviembre de 2013.
ANEXO I
ANEXO I
Extracto de expediente para los contratos celebrados por las entidades que tienen la consideración de Administración Pública
Las entidades del sector público estatal y autonómico que tienen la consideración de administración pública deberán remitir al Tribunal de Cuentas, junto con la copia certificada del documento administrativo de formalización del contrato (artículo 153) un extracto del expediente integrado por los siguientes documentos:
1. Documentación justificativa del contrato en la que se determinen la naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse con el contrato proyectado, así como la idoneidad de su objeto y contenido para satisfacerlas (art. 28.1 LCSP).
2. Justificación del procedimiento y de los criterios de adjudicación elegidos (art.116.4 LCSP).
3. Pliego de cláusulas administrativas particulares aprobado por el órgano de contratación (art. 122 LCSP) o documento que lo sustituya.
4. Resolución motivada aprobando el expediente de contratación y el gasto, en su caso, y disponiendo la apertura del procedimiento de adjudicación (art. 117 LCSP).
5. Actas de la mesa de contratación y propuesta de adjudicación con copia, en su caso, de los informes técnicos en los que se basa dicha propuesta (artículos 150 y 157 LCSP).
6. Resolución de adjudicación (art. 151 LCSP).
7. Publicación de la formalización del contrato (art. 154 LCSP).


