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Legislación › Resolución de 20 de julio de 2018, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se publica el Acuerdo del Pleno de 28 de junio de 2018, por el que se aprueba la sustitución de la Instrucción general relativa a la remisión telemática al Tribunal de Cuentas de los extractos de los expedientes de contratación y de las relaciones de contratos, convenios y encomiendas de gestión celebrados por las entidades del Sector Público Estatal y Autonómico, aprobada por Acuerdo del Pleno de 28 de noviembre de 2013.

ANEXO II

ANEXO II

Extracto de expediente para los contratos celebrados por poderes adjudicadores que no tienen la consideración de Administración Pública

A. Los poderes adjudicadores del sector público estatal y autonómico que no tienen la consideración de administración pública, cuando celebren contratos sometidos a regulación armonizada, deberán remitir al Tribunal de Cuentas, junto con la copia certificada del documento de formalización del contrato, un extracto del expediente integrado por los siguientes documentos:

1. Documentación justificativa del contrato en la que se determinen la naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse con el contrato proyectado, así como la idoneidad de su objeto y contenido para satisfacerlas (art. 28.1 LCSP).

2. Justificación del procedimiento y de los criterios de adjudicación elegidos (art. 116.4 LCSP).

3. Pliego de condiciones particulares o documentos que lo sustituyan.

4. Acuerdo de adjudicación.

5. Informe de valoración de las distintas ofertas presentadas y la propuesta de adjudicación realizada.

6. Publicación de la formalización del contrato.

B. Los poderes adjudicadores del sector público estatal y autonómico que no tienen la consideración de administración pública, cuando celebren contratos no sometidos a regulación armonizada, deberán remitir al Tribunal de Cuentas, junto con la copia certificada del documento de formalización del contrato, un extracto del expediente integrado por los siguientes documentos::

1. Documentación justificativa del contrato en la que se determinen la naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse con el contrato proyectado, así como la idoneidad de su objeto y contenido para satisfacerlas.

2. Pliego de condiciones particulares o documentos que lo sustituyan.

3. Acuerdo de adjudicación.

4. Informe de valoración de las distintas ofertas presentadas y la propuesta de adjudicación realizada.

5. Publicación de la formalización del contrato.

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