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Legislación › Ley 6/2018, de 9 de julio, del Cine de Andalucía.

Artículo 49 Promoción de nuevos públicos.

Artículo 49 Promoción de nuevos públicos.

1. Podrán establecerse medidas para fomentar la cultura cinematográfica y la formación y atracción de nuevos públicos a las salas de cine, especialmente entre el público infantil y juvenil, mayores de 65 años, familias numerosas y monoparentales, así como entre colectivos con difícil acceso a la cultura cinematográfica.

2. Se establecerán, en colaboración con la Consejería competente en materia de educación, contenidos pedagógicos que sirvan de promoción del cine para la infancia y la juventud.

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