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Legislación › Ley 6/2018, de 9 de julio, del Cine de Andalucía.

Artículo 54. Promoción de la marca «Cine andaluz».

Artículo 54. Promoción de la marca «Cine andaluz».

1. La Consejería competente en materia de cultura promoverá la marca «Cine andaluz» con el fin de promocionar la actividad de la industria cinematográfica en el territorio de Andalucía.

2. El fomento y la promoción que se realice del cine andaluz conllevará la atención preferente de las obras y el trabajo realizado bajo esta marca.

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