Legislación › Ley 7/2018, de 24 de julio, de medidas en materia de función pública como consecuencia de la prórroga presupuestaria.
Disposición adicional segunda. Jornada de trabajo.
Disposición adicional segunda. Jornada de trabajo.
La jornada general de trabajo en el sector público del Principado de Asturias será a partir del 1 de enero de 2019, siempre que la legislación básica lo permita y previa negociación colectiva en el marco respectivo, de treinta y cinco horas semanales de trabajo efectivo en cómputo anual o de treinta y siete horas y media en los supuestos de configuración de los puestos de trabajo con el complemento de dedicación especial o figuras análogas en los distintos ámbitos. Todo ello, sin perjuicio de las jornadas especiales existentes o que, en su caso, se establezcan.
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