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Legislación › Ley 8/2018, de 28 de junio, de actualización de los derechos históricos de Aragón.

Artículo 30. Patrimonio lingüístico.

Artículo 30. Patrimonio lingüístico.

La lengua aragonesa, en la que se pronunció el Derecho aragonés, se escribieron los Fueros y se expresaron las Cortes de Aragón, el Justicia de Aragón y las demás instituciones a lo largo de la historia, la única que solo es hablada en nuestro territorio, es un patrimonio de toda la humanidad que debe ser objeto de especial atención, dignificación, protección, difusión y uso por parte de todas las instituciones aragonesas.

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