Legislación › Ley 8/2018, de 28 de junio, de actualización de los derechos históricos de Aragón.
Artículo 30. Patrimonio lingüístico.
Artículo 30. Patrimonio lingüístico.
La lengua aragonesa, en la que se pronunció el Derecho aragonés, se escribieron los Fueros y se expresaron las Cortes de Aragón, el Justicia de Aragón y las demás instituciones a lo largo de la historia, la única que solo es hablada en nuestro territorio, es un patrimonio de toda la humanidad que debe ser objeto de especial atención, dignificación, protección, difusión y uso por parte de todas las instituciones aragonesas.


