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Legislación › Orden CNU/1117/2018, de 8 de octubre, por la que se establece la obligatoriedad de utilizar medios electrónicos para la presentación de solicitudes, las comunicaciones y las notificaciones en el procedimiento para la obtención de la evaluación de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación y su certificación, a los efectos de contratación de personal docente e investigador universitario.

Artículo 3. Identificación y firma.

Artículo 3. Identificación y firma.

La identificación para el acceso a la solicitud se realizará a través de los medios disponibles en la Sede Electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9 y 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

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