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Legislación › Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula el potencial de producción vitícola.

ANEXO III

Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de octubre de 2018 y la del 26 de enero de 2023. Tachado: lo que se quitó (5 palabras). Subrayado: lo que se añadió (6 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO III
Valoración de criterios de prioridad
Criterios de Prioridad prioridad ·
Puntuación ·
Joven «nuevo viticultor» “nuevo viticultor” (artículo 10.1.a). ·
1 ·
Joven viticultor con buen comportamiento previo (artículo 10.1.b). ·
0,5 ·
Viticultor con pequeña/mediana explotación vitícola (artículo 10.1.c). ·
·
Explotación pequeña. ·
3 2 ·
Explotación mediana. ·
2 3 ·

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de enero de 2023 En vigor BOE-A-2023-2024 Leer Qué cambió
31 de octubre de 2018 Texto original Leer

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