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Legislación › Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula el potencial de producción vitícola.

ANEXO XX

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ANEXO XX
Examen de la aptitud para el cultivo de variedades de vid
El I. Realización del examen será realizado por
a) Definición de examen de aptitud: estudio de la aptitud agronómica, productiva, organoléptica y medioambiental, que se realizará en las condiciones de cultivo consideradas normales en la región en la que se pretenda autorizar dicha variedad. Se podrá incluir una nueva variedad de uva de vinificación en la clasificación cuando se hayan estudiado y superado todas las pruebas del presente examen.
b) Objeto del examen de aptitud: evaluar si una variedad de uva de vinificación puede ser clasificada como autorizada para producir vino en la región donde se realiza. Para ello, la variedad deberá demostrar mediante dicho examen que tiene un comportamiento agronómico optimo, y puede producir vino de calidad. En caso de que la variedad se haya ensayado respecto alguna resistencia a alguna plaga, enfermedad o adaptación al cambio climático, se deberá incluir esa información en el ensayo en el apartado “características medioambientales”.
c) Agentes encargados de la realización del examen de aptitud: serán
organismos designados por la comunidad autónoma o bien bajo el control de dichos organismos. la comunidad autónoma.
El 1.º Condiciones del examen: el examen consistirá se realizará con material vegetal producido por un vivero productor debidamente registrado en ROPVEG. Si se trata de variedades ya registradas en el estudio Registro español de la aptitud cultural variedades comerciales de vid o en el Catálogo Común europeo de variedades de vid, el material vegetal de las variedades podrá ser de vid las categorías especificadas en el Real Decreto 208/2003, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento técnico de Control y Certificación de plantas vivero de vid, si se cumplen los requisitos establecidos para dicha categoría.
Cuando se
trate de variedades de reciente obtención, solicitadas para su inscripción en las condiciones el Registro de cultivo consideradas normales variedades comerciales de vid, pero aún en la región. Se cultivarán periodo de evaluación para registro (esto es, no se ha finalizado aún el examen de distinción, homogeneidad y observarán estabilidad), se prevé la posibilidad, como “variedades” testigo una o más variedades excepción, de vid incluidas comenzar con estos exámenes de aptitud desde el momento de solicitud a registro y pago de tasas, pudiendo simultanearse el examen de aptitud aquí definido con el proceso de registro de la variedad.
Todo el material vegetal utilizado
en la realización de los Registros exámenes deberá ser material sano, libre de Variedades Comerciales los correspondientes organismos nocivos establecidos en la normativa de sanidad vegetal, y Protegidas acompañado de pasaporte fitosanitario cuando sea aplicable.
2.º Las comunidades autónomas podrán determinar las normas de organización de la prueba
y que se estén cultivando en condiciones agroclimáticas similares, con el fin de compararlas recolección, de manera que pueda efectuarse un estudio estadístico riguroso, teniendo en condiciones idénticas. La cuenta los siguientes elementos:
3.º Duración del examen: la
admisión de una variedad de vid a la clasificación solo podrá tener lugar después de cinco años de producción consecutivos desde cuando en el momento del comienzo del examen. examen se hayan tenido en cuenta al menos tres cosechas homogéneas en producción, en la comunidad autónoma en la que se va a ensayar, obtenidas de vides con al menos 4 años.
4.º Se cultivarán y observarán como “variedades” testigo “variedades testigo” una o más variedades autorizadas de vid incluidas en el Registro de Variedades Comerciales de Vid en España o en otro catálogo o registro de un Estado miembro de la Unión Europea, y que se estén cultivando en condiciones agroclimáticas similares.
I. Realización del examen
Las comunidades autónomas determinarán las normas de organización de la prueba
y con un manejo de recolección, cultivo similares, con el fin de manera compararlas en condiciones idénticas. Los resultados obtenidos en la variedad testigo tiene que pueda efectuarse un estudio estadístico riguroso. Al menos se tendrán constar en consideración los siguientes elementos:
Pruebas a realizar:
el estudio.
5.º El
material vegetal de la misma variedad, pero de diferentes parcelas variedad se tratará conjuntamente:
a) En
de forma conjunta cuando las parcelas experimentales objeto del ensayo, tengan condiciones agroclimáticas y edafológicas similares. Por el contrario, en el caso de variedades de uva que las parcelas experimentales tengan unas características agroclimáticas y edafológicas diferenciadas el material vegetal se tratará de vinificación, los vinos forma diferenciada.
6.º El material vegetal y el vino resultante
se someterán someterá con regularidad a controles organolépticos y analíticos, y se conservará conservándose por escrito el resultado de los mismos. estos.
b) 7.º En el caso cada proceso de portainjertos, se recolectarán simultáneamente, y vinificación se envasarán deberá realizar una evaluación en cata anónima del vino, obtenido de acuerdo con la legalidad vigente. Para variedad en examen, basado en el examen método de aptitud para el injerto, análisis sensorial.
8.º Los criterios del apartado de “Características medioambientales” del apartado del contenido del examen, solamente tendrán carácter obligatorio cuando la variedad objeto de estudio
se injertarán con púas procedentes en pretenda clasificar como resistente o tolerante a un determinado agente adverso (enfermedades, sequia, heladas…). Para la región determinación de que resistencias/tolerancias siempre se trate especificará el manejo de entre las cultivadas para cultivo (tratamientos fitosanitarios, ecológico, riego…), tanto en la producción variedad objeto de injertos, según los métodos y condiciones habituales estudio como en esa región. Se injertarán al menos 1.000 estacas procedentes las variedades autorizadas testigo, en relación con la resistencia/tolerancia ante el agente adverso que se pretenda probar. Además, el estudio de cada portainjertos y la resistencia o la tolerancia comprenderá una comparación de los resultados obtenidos con la variedad o estudiada y las variedades testigo. Los porcentajes de arraigo se determinarán previo arranque y calibrado de testigo en la/s parcela/s experimental con los injertos. Para analizar obtenidos en otras parcelas/s cercanas que no son experimentales. Todas las posibles resistencias o tolerancias que presente la adaptación al suelo y al clima, nueva variedad se crearán parcelas experimentales graduaran de acuerdo con los injertos mencionados. Se consignarán por escrito los resultados el sistema de las observaciones efectuadas notación, recogido en cada una alguna de las parcelas, y en particular el rendimiento listas oficiales de uva, la densidad del mosto descriptores para variedades de vid y la acidez total del mismo. especies de vitis.
II. Contenido del examen
El examen contendrá: Ensayos a realizar ·
1. Para Descripción ·
Características agronómicas
·
Criterios fenológicos descriptivos
·
Fecha de brotación de
las variedades yemas (50 % de uva las yemas en el estadio C de vinificación: Baggiolini). ·
a) Indicaciones detalladas sobre afecciones ·
Fecha
de virus floración (50 % de la nueva variedad. las flores abiertas en eI estadio I de Baggiolini). ·
b) Valores medios relativos ·
Fecha de envero (50 % de bayas maduras en el estadio M de Baggiolini). ·
·
Integral Térmica Eficaz (Winkler). ·
·
Datos climatológicos mensuales (formato climograma de Gaussen). ·
Se deberá registrar este dato en el ensayo, obtenido
a partir de los diferentes años datos climatológicos obtenidos de ensayos para la variedad estación meteorológica más cercana a la parcela/s de vid ensayo. ·
Criterios descriptivos relacionados con la producción
de que se trate y para uva
·
Peso medio de las bayas (g). ·
Medido en una muestra de 200 bayas tomadas en
la variedad cosecha. ·
Número de racimos (Nb/m2
o variedades testigo, referentes a: el rendimiento en por cepa). ·
·
Rendimiento de
uva expresado en kilogramos por hectárea; la densidad natural del mosto kg/m2 o del zumo, y la acidez total del mosto expresada en miliequivalentes por litro. cepa. ·
c) Una apreciación del vino producido a partir ·
Peso medio
de un racimo (g). ·
·
Peso de madera de poda por cepa. ·
·
Otros criterios agronómicos. ·
Precocidad de
la variedad objeto precoz/tardía: interés de examen, mediante degustación la utilización de la variedad en un clima determinado… ·
·
Criterios de rendimiento adaptados
a ciegas, además de: una producción específica (bajo o alto rendimiento). ·
1.º Una descripción general ·
Adaptación a la mecanización o porte
de las características principales la variedad. ·
·
Características productivas
·
Sobre el mosto en la vendimia
·
Acidez total (g
de dicho vino. ácido tartárico/l). ·
2.º ·
pH. ·
·
Densidad natural del mosto o del zumo (°Brix o °Baumé). ·
·
Sobre vinos
·
Acidez total (g de ácido tartárico/l). ·
·
Ácido tartárico (g/l). ·
·
Alcohol (g/l). ·
·
Ácido málico (g/l). ·
·
Antocianinas (mg/l). ·
(excluye vinos blancos) ·
Azúcares fermentables residuales (g/l). ·
·
IPT (DO 280). ·
(excluye vinos blancos) ·
pH. ·
·
Características organolepticas
·
Una clasificación de dichos vinos según un sistema de notación o ficha de cata que se utilice habitualmente en la región de que se trate para los controles oficiales del vino, con indicación simultánea de los puntos concedidos a los diferentes vinos obtenidos a partir de las variedades testigos. ·
2. Para los portainjertos: ·
a) Las mismas precisiones recogidas en Criterios sensoriales - degustación
·
Aspectos visuales. ·
·
Aspectos olfativos. ·
·
Aspectos gustativos. ·
·
Valoración global del vino. ·
·
Características medioambientales (sólo obligatorio para variedades resistentes/tolerantes)
·
Criterios genéticos
·
Se indicará
el párrafo a), relativas a las uvas % de vinificación más indicaciones detalladas sobre Vitis Vinifera de la nueva variedad objeto de estudio. ·
·
Se indicará
el comportamiento frente a nombre de los nemátodos vectores parentales de virus en comparación con la nueva variedad objeto de estudio. ·
·
Mecanismo de resistencia duradero
o variedades testigo, así como las recogidas en el párrafo b), para la apreciación Durabilidad del comportamiento mecanismo de resistencia (en particular a través del portainjertos examinado una vez que se la injerte con una vinífera, para analizar su número de genes implicados). ·
·
Criterios de
adaptación al suelo cambio climático / sequía
·
Adaptación del contenido de azúcar de las bayas
y los mostos al clima. cambio climático. ·
b) En lo que se refiere al examen ·
Contenido en ácidos orgánicos
de las viñas madres:
1.º Indicaciones sobre el comienzo
uvas (ácido málico y tartárico). ·
Resistencia a las heladas. ·
Adaptación al estrés hídrico. ·
Criterios a favor de
la evolución agroecología: resistencia o nivel de sensibilidad a las enfermedades
·
Arquitectura de
la maduración vid (aireación) / Estructura del leño racimo (racimos compactos, sueltos, etc.). ·
·
Para las variedades que reivindican una resistencia particular:
Calificación
del portainjertos examinada en comparación con la variedad o comportamiento de las variedades testigo. frente a las principales enfermedades (mildiu, oídio, podredumbre gris, podredumbre negra, antracnosis, excoriosis, etc.).
2.º Valores medios referentes ·
Resistencia
al número: De estacas injertables Mildiu. ·
*Observar las manchas
de portainjertos; Mildiu sobre el conjunto de estaquillas recogidas las hojas de 4 a lo largo 6 cepas, si es posible: aproximadamente 3 semanas después del comienzo de los diferentes años la floración. 1 = manchas no delimitadas y muy extensas, o limbo completamente parasitado - fructificaciones abundantes del hongo – manchas necróticas („puntos de ensayos, tapicería«) muy marcadas -caida de hojas muy precoz; 3 = manchas no delimitadas y extensas - fructificaciones abundantes del hongo - numerosos puntos de tapicería - caída de hojas menos precoz que en caso necesario, indicaciones la nota 1; 5 = - manchas delimitadas, de un diámetro de 1 a 2 cm - fructificaciones del hongo más o menos: abundantes - formación de puntos de tapicería irregular; 7 = manchas reducidas - raras fructificaciones - raros puntos de tapicería; 9 = manchas por puntos o ausencia de síntomas - prácticamente sin fructificaciones ni puntos de tapicería
·
Resistencia al Oídio. ·
**Observar las manchas de Oídio
sobre el cultivo conjunto de portainjertos.
c) En lo que se refiere
las hojas de 4 a 6 cepas en dos períodos, si es posible:
aproximadamente 3 semanas después del comienzo de
la aptitud para el injerto floración (hojas en comparación con las variedades testigo: Indicaciones sobre crecimiento) y después de la intensidad vendimia o antes de las primeras heladas (hojas adultas). Tener en cuenta las condiciones climáticas que influyen en la formación enfermedad.
1 = manchas en capas no delimitadas y muy extensas, o limbo enteramente parasitado - micelio y fructificaciones
del callo hongo abundantes; 3 = amplias manchas extensas, algunas de las cuales delimitadas - limbo parcialmente parasitado - micelio y su evolución fructificaciones del hongo abundantes; 5 = manchas en el tiempo, general delimitadas, de un diámetro de 2 a 5 cm, aproximadamente; 7 = manchas delimitadas de tamaño reducido, de un diámetro de menos de 2 cm - micelio y proporciones medias fructificaciones del hongo raros (sólo una ligera crispación del limbo indica la presencia del Oídio); 9 = manchas por puntos o ausencia de arraigo en los años síntomas - sin micelio prácticamente, ni fructificaciones visibles (solamente muy ligeras crispaciones del limbo).
·
*Según Lista descriptores para variedades
de ensayos. vid y especies de vitis. Código n.º OIV 452. Carácter: Hoja: grado de la resistencia a Plasmopara. IPGRI 9.2.3.
** Según Lista descriptores para variedades de vid y especies de vitis. Código n.º OIV 455.Carácter: Hoja: grado de la resistencia a Oidio.IPGRI 9.2.5.
·

Redacciones de este artículo

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25 de diciembre de 2024 En vigor BOE-A-2024-26928 Leer Qué cambió
26 de enero de 2023 BOE-A-2023-2024 Leer Qué cambió
31 de octubre de 2018 Texto original Leer

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