Legislación › Orden INT/1149/2018, de 29 de octubre, por la que se regula la organización y el funcionamiento de la Red Nacional de Radio de Emergencia.
Artículo 1. Definición de la REMER.
Artículo 1. Definición de la REMER.
La Red Nacional de Radio de Emergencia (REMER) se constituye como una red de ámbito estatal alternativa y complementaria a otras redes de comunicaciones utilizadas por la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del Interior.


