Legislación › Ley 2/2018, de 28 de septiembre, de régimen jurídico de la Inspección Técnica de Vehículos en Canarias.
Disposición transitoria segunda. Vigencia de las normas anteriores.
Disposición transitoria segunda. Vigencia de las normas anteriores.
Hasta que se materialice el desarrollo reglamentario de la presente ley, y en lo que no se oponga a lo establecido en la misma, permanecerán vigentes el Decreto 93/2007, de 8 de mayo, por el que se establece el régimen de autorización administrativa para la prestación del servicio de inspección técnica de vehículos en la Comunidad Autónoma de Canarias y por el que se aprueba el Reglamento de instalación y funcionamiento de las estaciones de inspección técnica de vehículos, así como las normas que regulan el sector de la inspección técnica de vehículos en Canarias.
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