Legislación › Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español.
Artículo 61. Beneficiarios.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 4 de noviembre de 2018 y la del 22 de abril de 2021.
Tachado: lo que se quitó (3 palabras). Subrayado: lo que se añadió (5 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 61. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de la medida de inversiones:
a) Las empresasvitivinícolas que en el momento de la solicitud produzcan o comercialicen los productos contemplados el anexo VII parte II del Reglamento (UE) 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, o que, como consecuencia de la ejecución de la operación objeto de la solicitud de ayuda, comiencen esa producción o comercialización. Las empresas deberán estar constituidas con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
b) Las organizaciones de productores vitivinícolas, reconocidas de acuerdo con el artículo 152 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013.
c) Las asociaciones de dos o más productores, con personalidad jurídica, de los productos mencionados en el anexo VII parte II de dicho Reglamento. Las asociaciones deberán estar constituidas con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
d) Las organizaciones interprofesionales.
No obstante, cuando se trate de empresas cuya actividad sea únicamente la comercialización al menos, un 80 por ciento de su facturación del último ejercicio cerrado deberá proceder de la comercialización de los productos del anexo VII parte II del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013.
No se concederá la ayuda a las empresas en dificultad, situación de crisis según se definen en la Comunicación 2014/C-249/01 de la Comisión Comisión, de 31 de julio de 2014 2014, sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 22 de abril de 2021 En vigor | BOE-A-2021-6307 | Leer | Qué cambió |
| 4 de noviembre de 2018 | Texto original | Leer |


