LexTotal

Legislación › Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español.

Artículo 74. Infracciones y sanciones.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 4 de noviembre de 2018 y la del 27 de octubre de 2019. Tachado: lo que se quitó (78 palabras). Subrayado: lo que se añadió (2 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 74. Infracciones y sanciones.
En el caso de que el beneficiario ejecute todas las acciones que formen parte de la operación global cubierta por la solicitud de ayuda, inicialmente aprobada o modificada, pero incumpla las obligaciones formales que son asumidas como consecuencia de la concesión de la subvención, será considerado infracción leve según lo previsto en el artículo 56 letra c), 56.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y será sancionado de conformidad con los previsto en el artículo 61 de dicha Ley, salvo causas de fuerza mayor o circunstancias excepcionales.
En el caso de que el beneficiario no ejecute todas las acciones que formen parte de la operación global cubierta por la solicitud de ayuda, aprobada o modificada, será considerado infracción grave según lo previsto en el artículo 57 letra b), de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y será sancionado de conformidad con los previsto en el artículo 62
de dicha Ley, salvo causas de fuerza mayor o circunstancias excepcionales.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
27 de octubre de 2019 En vigor BOE-A-2019-15404 Leer Qué cambió
4 de noviembre de 2018 Texto original Leer

← Artículo 73 bis Índice Artículo 75 →