Legislación › Ley Foral 19/2018, de 10 de octubre, por la que se aprueba el Plan de Inversiones Financieramente Sostenibles.
Artículo 6. No consideración como gasto computable.
Artículo 6. No consideración como gasto computable.
El importe del gasto realizado de acuerdo con esta ley foral en inversiones financieramente sostenibles no se considerará como gasto computable a efectos de la aplicación de la regla de gasto definida en el artículo 12 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.


