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Legislación › Ley 8/2018, de 8 de octubre, de medidas frente al cambio climático y para la transición hacia un nuevo modelo energético en Andalucía.

Artículo 38. Catálogo Andaluz de Proyectos de Absorción.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 15 de enero de 2019 y la del 18 de diciembre de 2021. Tachado: lo que se quitó (87 palabras). Subrayado: lo que se añadió (44 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 38. Proyectos Catálogo Andaluz de autocompensación Proyectos de emisiones. Absorción.
1. Las personas físicas o jurídicas titulares de actividades incluidas La Consejería competente en materia de cambio climático aprobará el Sistema Catálogo Andaluz de Compensación de Emisiones podrán ejecutar proyectos Proyectos de autocompensación para sus propias emisiones, en terrenos sobre los que tengan derechos reales Absorción que les autoricen para ello, incluirá proyectos de la forma absorción que se determine reglamentariamente, conforme a la normativa pueden ejecutar sobre terrenos de aplicación. titularidad pública.
2. Los proyectos de autocompensación podrán pertenecer a cualquiera de las categorías enumeradas en el apartado 2 del artículo 37, y estarán sometidos a los mismos requisitos de inscripción en el Sistema El Catálogo Andaluz de Emisiones Registradas y certificación de unidades Proyectos de absorción que los proyectos Absorción deberá ser objeto de compensación. publicación y difusión electrónica y será revisado periódicamente, al menos cada cuatro años.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
18 de diciembre de 2021 En vigor BOE-A-2021-90434 Leer Qué cambió
15 de enero de 2019 Texto original Leer

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