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Legislación › Ley 8/2018, de 8 de octubre, de medidas frente al cambio climático y para la transición hacia un nuevo modelo energético en Andalucía.

Artículo 56. Infracciones graves.

Artículo 56. Infracciones graves.

Son infracciones graves:

a) El incumplimiento de lo ordenado mediante apercibimiento a causa de una infracción leve.

b) La falsedad, así como la alteración de los datos contenidos en los documentos referidos en los artículos 42.2.d) y 43.2.b).

c) La reincidencia en una infracción leve cuando se haya sido sancionado en los dos años anteriores a la comisión de esta.

d) La obstrucción o la negativa a suministrar datos o facilitar las funciones de información, vigilancia o inspección que practique la Administración de la Junta de Andalucía.

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