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Legislación › Ley 8/2018, de 8 de octubre, de medidas frente al cambio climático y para la transición hacia un nuevo modelo energético en Andalucía.

Disposición final primera. Modificación de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

Disposición final primera. Modificación de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

Se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 7/2007, de 9 de julio:

Uno. Se modifica la letra d) del apartado 1 del artículo 38, que queda redactada como sigue:

«d) Los potenciales impactos ambientales.»

Dos. Se añade una nueva letra e) al apartado 1 del artículo 38, con la siguiente redacción:

«e) La incidencia en materia de cambio climático, según lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley de medidas frente al cambio climático y para la transición hacia un nuevo modelo energético en Andalucía.»

Tres. La actual letra e) del apartado 1) del artículo 38 pasa a ser la letra f).

Cuatro. Se modifica la letra i) del apartado 1 del artículo 39, que queda redactada del siguiente modo:

«i) Las medidas previstas para prevenir, reducir y, en la medida de lo posible, corregir cualquier efecto negativo relevante en el medioambiente de la aplicación del plan o programa.»

Cinco. Se añade una nueva letra j) al apartado 1 del artículo 39, con la siguiente redacción:

«j) La incidencia en materia de cambio climático, según lo dispuesto en la Ley de medidas frente al cambio climático y para la transición hacia un nuevo modelo energético en Andalucía.»

Seis. La actual letra j) del apartado 1 del artículo 39 pasa a ser la letra k).

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