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Legislación › Ley 10/2018, de 9 de octubre, audiovisual de Andalucía.

Disposición final quinta. Código interno regulador.

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Disposición final quinta. Código interno regulador.
El código interno regulador al que hace referencia el artículo 37.a) de la presente ley deberá ser elaborado en el plazo de doce meses a partir de la entrada en vigor del Reglamento previsto en el citado artículo, mediante un proceso de participación ciudadana a través de los mecanismos existentes a tal efecto en el ámbito de cobertura del servicio público de comunicación audiovisual. (Suprimida)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
17 de febrero de 2024 En vigor BOE-A-2024-90030 Leer Qué cambió
17 de octubre de 2018 Texto original Leer

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