LexTotal

Legislación › Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Participación Ciudadana de Andalucía.

Artículo 13. Objeto de los procesos de participación ciudadana.

Artículo 13. Objeto de los procesos de participación ciudadana.

Los procesos de participación ciudadana se podrán desarrollar sobre los siguientes asuntos o materias, siempre que no sean contrarias al ordenamiento jurídico:

a) Proposición, adopción, seguimiento y evaluación de las políticas públicas con singular impacto o relevancia.

b) La elaboración de instrumentos de planificación para la determinación de políticas.

c) La priorización sobre aspectos puntuales del gasto.

d) La elaboración de leyes y reglamentos.

e) La prestación, seguimiento y evaluación de los servicios públicos.

← Artículo 12 Índice Artículo 14 →