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Legislación › Orden TEC/1174/2018, de 8 de noviembre, por la que se establecen los parámetros retributivos de las instalaciones tipo aplicables a las instalaciones de tratamiento y reducción de purines aprobadas por la Orden IET/1045/2014, de 16 de junio, y se actualizan para el semiperiodo 2017-2019.

ANEXO V

ANEXO V

Hipótesis de cálculo consideradas para la actualización de los parámetros retributivos para el segundo semiperiodo regulatorio 2017-2019

1. Precio medio anual del mercado diario e intradiario de los años 2014, 2015, 2016, facilitado por la CNMC.

‒ Precio medio anual del mercado diario e intradiario año 2014: 42,06 €/MWh.

‒ Precio medio anual del mercado diario e intradiario año 2015: 50,30 €/MWh.

‒ Precio medio anual del mercado diario e intradiario año 2016 (oct. 2015-sept. 2016): 38,33 €/MWh.

2. Evolución anual del precio de mercado y establecimiento de los límites superiores e inferiores aplicables a los años 2017, 2018 y 2019 y posteriores.

Los valores de los precios del mercado eléctrico para los años 2017, 2018 y 2019 han sido calculados para cada uno de esos años como media aritmética (redondeada a dos decimales) de los precios, para periodos de suministro anuales, de los Contratos de Futuros, carga Base, para España, en los días que han estado abiertos a negociación durante el periodo de seis meses entre el 1 de julio de 2016 y el 31 de diciembre de 2016, en virtud del artículo 22 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio.

Los valores de los precios estimados del mercado y de los límites anuales superiores e inferiores del precio medio anual del mercado diario e intradiario, para la aplicación de lo dispuesto en el artículo 22 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, serán los siguientes:

  2017 2018 2019 2020 en adelante
Precio estimado del mercado (€/MWh) 42,84 41,54 41,87 52,00
LS2 (€/MWh) 49,81 48,30 48,68 60,00
LS1 (€/MWh) 46,33 44,92 45,28 56,00
LI1 (€/MWh) 39,35 38,16 38,46 48,00
LI2 (€/MWh) 35,87 34,78 35,06 44,00

3. Coeficientes de apuntamiento tecnológico.

Los coeficientes de apuntamiento tecnológico estimados para el año 2017 y posteriores corresponden a la media aritmética de los coeficientes de apuntamiento calculados por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) para los años 2014 y 2015. Con estos valores se obtiene un coeficiente de apuntamiento tecnológico de 1,0240 aplicable a las tecnologías de tratamiento de residuos.

4. Coste de combustible.

Para la actualización de la retribución a la operación del primer y segundo semestre de 2017 se ha utilizado el precio medio del gas natural correspondiente al escalón de consumo 5 del Grupo 2 comunicado por los comercializadores de acuerdo con la Circular 5/2008, de 22 de diciembre, de la CNE. El dato correspondiente al primer semestre de 2017 es 2,2562 c€/kWhPCS.

5. Costes de explotación.

Han sido incluidos otros costes de explotación diferentes al gas natural. Se ha considerado que el coste derivado del impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica en los años 2017 y 2018 será compensado de acuerdo a lo establecido en la disposición adicional segunda.

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