Legislación › Resolución de 16 de noviembre de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el I Acuerdo de movilidad del personal funcionario al servicio de la Administración General del Estado.
4. Comisión de seguimiento
4. Comisión de Seguimiento
Las partes firmantes acuerdan la creación de una Comisión de Seguimiento que tendrá como funciones:
El impulso, supervisión y coordinación de su desarrollo, evaluando su ejecución.
La resolución de las dudas interpretativas que pudieran surgir durante la vigencia del mismo.
Todas las que se acuerden en este órgano.
La Comisión de Seguimiento será paritaria y estará compuesta por dieciocho integrantes, nueve a propuesta de la Administración y nueve a propuesta de las organizaciones sindicales firmantes del presente Acuerdo y con representación en la Mesa General de Negociación del artículo 34.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Su convocatoria se realizará a petición de cualquiera de las partes y se reunirá con carácter ordinario una vez al año.


