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Legislación › Resolución de 16 de noviembre de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el I Acuerdo de movilidad del personal funcionario al servicio de la Administración General del Estado.

ANEXO

ANEXO

I Acuerdo de movilidad del personal funcionario al servicio de la Administración General del Estado

En Madrid, a 15 de octubre de 2018.

La provisión de puestos de trabajo del personal funcionario al servicio de la Administración General del Estado tiene especial trascendencia, dada la necesidad de garantizar en todo momento la prestación eficaz de los servicios, promoviendo al mismo tiempo la movilidad de los funcionarios y las funcionarias y su promoción profesional.

Por ello es preciso contar con unos criterios comunes de provisión en los distintos Ministerios y Organismos, acordados con las organizaciones sindicales más representativas en este ámbito, dirigidos a regular uniformemente esta materia mediante la implantación de procedimientos que permitan una mayor agilidad en la cobertura de puestos de acuerdo con los principios de igualdad, mérito, capacidad, competencia y publicidad.

A fin de asegurar este conjunto de objetivos y principios, se ha negociado este Acuerdo en el ámbito de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado, de materias específicas para personal funcionario del artículo 34.1 del TREBEP.

Por todo ello, la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado (artículo 34.1 del TREBEP), acuerda:

La tramitación de los procedimientos de movilidad del personal funcionario en el ámbito de la Administración General del Estado se llevará a efecto teniendo en cuenta los criterios que a continuación se recogen.

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