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Ley 11/2017, de 22 de diciembre, de Buen Gobierno y Profesionalización de la Gestión de los Centros y Organizaciones Sanitarias del Servicio Madrileño de Salud.
En vigor Comunidad de Madrid · Publicada el 7 de febrero de 2018 · Último cambio el 29 de diciembre de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Organizaciones del Servicio Madrileño de Salud.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 4. Naturaleza y régimen jurídico.
- Artículo 5. Composición.
- Artículo 6. Funciones.
- Artículo 7. Funcionamiento.
- Sección 2
- Artículo 8. Órganos de Dirección.
- Artículo 9. Órganos directivos unipersonales. Director gerente y director territorial. 2 redacciones · cambió el 29/12/2023
- Artículo 10. Funciones de la Dirección Gerencia y de la Dirección Territorial de Atención Primaria.
- Artículo 11. Personal directivo dependiente de la Dirección Gerencia o Dirección Territorial de Atención Primaria. 2 redacciones · cambió el 29/12/2023
- Artículo 12. Comisión de Dirección.
- CAPÍTULO III
- Artículo 13. Junta Técnica Asistencial.
- Artículo 14. Funciones de la Junta Técnica Asistencial.
- Artículo 15. Funcionamiento de la Junta Técnica Asistencial.
- Artículo 16 Comisiones Técnicas Consultivas.
- Artículo 17. Consejos Territoriales de Salud.
- Artículo 18. Funciones del Pleno de los Consejos Territoriales de Salud.
- Artículo 19. Funciones de la Comisión de Coordinación de los Consejos Territoriales de Salud.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 20. Transparencia y acceso a la información.
- Artículo 21. Medidas sobre trasparencia, ética y buen gobierno del Servicio Madrileño de Salud.
- Artículo 22. Compromisos del Código de Transparencia, Ética y Buen Gobierno de la Sanidad Pública Madrileña.
- CAPÍTULO V
- Artículo 23. Autonomía de gestión.
- Artículo 24. Contrato Programa de las organizaciones del Servicio Madrileño de Salud.
- Artículo 25. Capacidad de innovación.
- Disposición adicional primera. Acceso y formación de los profesionales de gestión y servicios.
- Disposición adicional segunda. Reconocimiento de méritos en el desempeño de funciones directivas y de gestión clínica por el personal sanitario.
- Disposición transitoria.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera. Desarrollo normativo.
- Disposición final segunda. Habilitación presupuestaria.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- [firma]


