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Legislación › Ley 21/2018, de 16 de octubre, de mancomunidades de la Comunitat Valenciana.

Artículo 47. Causas de disolución de la mancomunidad.

Artículo 47. Causas de disolución de la mancomunidad.

Las mancomunidades deberán disolverse cuando concurran, además de las causas previstas en sus estatutos, alguna de las siguientes:

a) Porque así lo dispongan las leyes.

b) Porque se hayan cumplido o hayan desaparecido todos sus objetivos.

c) Porque así lo acuerden los municipios que las integran.

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