Legislación › Real Decreto 1413/2018, de 2 de diciembre, por el que se desarrollan las previsiones de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 en materia de pensiones de viudedad del Régimen de Clases Pasivas del Estado.
Artículo 7. Concurrencia de personas beneficiarias.
Artículo 7. Concurrencia de personas beneficiarias.
Cuando concurran varias personas beneficiarias con derecho a la pensión de viudedad derivada de la misma persona causante, la mejora de la pensión de las personas beneficiarias que cumplan los requisitos previstos en el artículo 2 se aplicará en la misma proporción tenida en cuenta para el reconocimiento de la pensión.


