Legislación › Ley 13/2018, de 4 de octubre, de creación del Colegio de Economistas de Aragón por fusión de los Colegios Oficiales de Economistas de Aragón y de Titulados Mercantiles de Aragón.
Disposición adicional única. Funciones del Consejo de Colegios de Economistas de Aragón.
Disposición adicional única. Funciones del Consejo de Colegios de Economistas de Aragón.
El Colegio de Economistas de Aragón, que tiene el carácter de general por extenderse a todo el territorio de la Comunidad Autónoma, asume las funciones reconocidas a los Consejos de Colegios de Aragón en la Ley 2/1998, de 12 de marzo, de Colegios Profesionales de Aragón.


