Legislación › Ley 10/2017, de 30 de noviembre, de régimen especial del municipio de Zaragoza como capital de Aragón.
Artículo 31. Comercio, ferias y mercados.
Artículo 31. Comercio, ferias y mercados.
1. El Ayuntamiento de Zaragoza participará en la elaboración de la planificación sobre los establecimientos comerciales ubicados en su término y fomentará la actividad ferial desarrollada en el mismo.
2. El municipio de Zaragoza ejercerá las competencias de planificación, ordenación y gestión en materia de abastos, mataderos, ferias, mercados y comercio ambulante que se desarrollen en su término municipal.
3. El Ayuntamiento de Zaragoza podrá elaborar, tramitar y aprobar el Plan Local de Comercio previo informe del Departamento competente en materia de comercio del Gobierno de Aragón.


