Legislación › Ley 6/2018, de 26 de noviembre, de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Artículo 14. Animales de competición, carreras y apuestas.
Artículo 14. Animales de competición, carreras y apuestas.
Los animales de competición o carreras, incluidos los criados, importados y entrenados para tales fines en la Comunidad Autónoma de La Rioja, deberán ser tratados en todo momento de conformidad a lo dispuesto en la presente ley.


