Legislación › Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Artículo 19. Naturaleza.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de enero de 2019 y la del 9 de marzo de 2019.
Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (14 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 19. Naturaleza.
1. El Gobierno es el órgano colegiado que dirige la acción política y la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
2. A tal fin, ejerce la función ejecutiva, la potestad reglamentaria y la iniciativa legislativa de conformidad con la Constitución, el Estatuto de Autonomía y las Leyes.
3. El Gobierno, bajo la dirección de su Presidente, establece la política general y coordina la actividad de la Administración de la Comunidad Autónoma.
4. En el Gobierno ambos sexos estarán representados al menos en un 40 %.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de marzo de 2019 En vigor | BOE-A-2019-4565 | Leer | Qué cambió |
| 3 de enero de 2019 | Texto original | Leer |


