Legislación › Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Artículo 88. El Inventario de Entidades del Sector Público Autonómico.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de enero de 2019 y la del 1 de enero de 2022.
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Artículo 88. El Inventario de Entidades del Sector Público Autonómico.
1. La Comunidad Autónoma creará un Inventario de Entidades del Sector Público Autonómico. Dicho Inventario se configura como un registro público administrativo, que garantiza la información y la ordenación de todas las entidades integrantes de dichos ámbitos cualquiera que sea su naturaleza jurídica. La gestión de dicho Inventario dependerá de la Intervención General de la Administración General de la Comunidad Autónoma, y la captación y el tratamiento de la información de la Secretaría General de la Consejería de la Presidencia. (Derogado).
2. El Inventario de Entidades del Sector Público contendrá información actualizada sobre la naturaleza, finalidad, financiación, estructura de dominio, condición en su caso de medio propio, regímenes presupuestarios, de contabilidad y de control, así como la clasificación en términos de contabilidad nacional, de cada una de las entidades concernidas.
3. Además de los datos atinentes a su creación, serán objeto de inscripción en el Inventario a que se refiere este artículo la transformación, fusión y extinción de todas las entidades que integran el Sector Público Institucional autonómico. De todos estos datos se dará cuenta al Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local previsto en la normativa del Sector Público.
4. Se autoriza al Gobierno a desarrollar el régimen del Inventario a que se refiere este precepto en todo lo que se refiere a su estructura, dependencia, organización y forma de proceder a las correspondientes inscripciones respetando, en todo caso, lo previsto a este propósito en la legislación básica estatal.
5. El Inventario al que se refiere este artículo será público en el Portal de Transparencia del Gobierno de Cantabria.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2022 En vigor | BOE-A-2022-2180 | Leer | Qué cambió |
| 3 de enero de 2019 | Texto original | Leer |


