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Legislación › Ley 7/2017, de 14 de diciembre, de medidas de la eficiencia energética y garantía de accesibilidad a la energía eléctrica.

Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.

Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.

La Xunta de Galicia dictará en el plazo máximo de cuatro meses las normas de desarrollo reglamentario de la presente ley, sin perjuicio de la inmediata implementación de las prestaciones para paliar las situaciones de vulnerabilidad en materia de pobreza energética.

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